El Titular ante la Corrupción (Vida en Condominios Cap 9)

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Fecha de publicación, Septiembre 2021

Sinopsis Capítulo Vida en Condominios

Vida en Condominios de Titular a Tirular es un libro que salió al mercado en septiembre de 2021, escrito por Carmenchi García, Ivette Pérez Reilova y Vanessa Suárez. En esta web incluímos el capítulo 9 El Titular ante la Corrupción 

Es el primer libro para titulares escrito en forma sencilla y sin terminología legal. Lo escribimos como respuesta a la nueva Ley de Condominios (Ley 129 aprobada en Agosto 16 de 2020 en plena pandemia). 

Esta Ley 129 elimina derechos al titular y favorece a los abogados y los administradores quienes redactaron la ley.

Está disponible en www.amazon.com

EL TITULAR ANTE LA CORRUPCIÓN

Como titular, disfruto la conveniencia de vivir en un condominio desde 1980. Me considero afortunada de vivir en Parque de las Fuentes, con una ubicación privilegiada en el Área Metropolitana. Tengo muy buenos vecinos, en su mayoría gente profesional. Es un lugar donde se respeta la privacidad y la tranquilidad, sin mayores contratiempos como ruidos innecesarios, ni desórdenes y/o algarabías en los pasillos o áreas comunales. Los servicios de seguridad exceden mis expectativas por mucho. Que yo tenga conocimiento, nunca ha habido un robo en un apartamento. Muchos condominios quisieran tener nuestro excelente historial. Considero que este es un verdadero paraíso y el lugar ideal para vivir hasta los últimos días de mi vida.

El único aspecto negativo -y que rechazo con vehemencia- es la corrupción. Aunque no ha sido una constante, sí hemos tenido instancias de robo de dinero por algunos administradores; especialmente cuando el pago de la cuota de mantenimiento se hacía en efectivo. Asimismo, ha habido situaciones en las que algunos administradores han actuado en común acuerdo con contratistas para inflar las cotizaciones o donde no se han prestado los servicios. Estas circunstancias fueron causa de despidos y terminación de servicios profesionales. 

La corrupción depende de quiénes son las personas que están a cargo de la dirección y la administración de un condominio. Ningún funcionario electo mediante voto directo o contratista debería anteponer sus intereses personales a los del condominio. Sin embargo, lamentablemente no siempre es así.

A mí se me hace fácil comparar los condominios con la administración del gobierno de Puerto Rico. Todos conocemos los casos de corrupción, donde hay apropiación ilegal de dinero y afán de lucro o donde podría ocurrir el fraude y engaño. Hay otros casos de corrupción donde están presentes el poder excesivo de los funcionarios, la mala fe, los favoritismos, las vendettas personales, el acoso, la intención de dañar la imagen, la negligencia crasa y la temeridad.

La corrupción se refiere a actos delictivos cometidos por funcionarios o empresas en posiciones de poder y que en muchas ocasiones abusan del poder. Ejemplos comunes podrían ser el mal uso intencional de recursos financieros y/o humanos en beneficio de sus intereses personales o de sus allegados, para conseguir una ventaja que podría ser económica o de otra cualquier otra índole. Por lo general, los actos de corrupción se llevan a cabo de forma secreta y privada. En una administración donde prevalece la transparencia, significa que no hay nada que esconder; todo es un libro abierto. En un condominio que funciona con transparencia, todo documento solicitado al cual tiene derecho un titular se debe proveer sin inconvenientes.

Hace unos años, leí el libro Corrupción e impunidad en Puerto Rico por Antonio Quiñones Calderón, distinguido periodista y exsecretario de prensa de los exgobernadores Luis A. Ferré y Carlos Romero Barceló. Sus páginas me estremecieron con todos los relatos de corrupción de políticos de todos los partidos. Sin embargo, lo que más me sorprendió -y me sigue sorprendiendo- es que nuestro país no ha hecho nada por mejorar estos comportamientos. No importa cuántas leyes aprueban o agencias gubernamentales creen para detener la corrupción. No vemos progreso. Parece ser que la corrupción gubernamental no tiene freno; es imparable. 

La lectura de ese libro despertó en mí un sentimiento de frustración e impotencia porque como ciudadana común no es mucho lo que puedo hacer. Mi única alternativa es quedarme de brazos cruzados. Sin embargo, como titular en un condominio sí puedo denunciar las situaciones anómalas y tomar acción inmediata. Puedo levantar mi voz para denunciarlas y, si no se resuelven dentro del condominio, llevarlas a los foros judiciales correspondientes y procesar a los responsables de los actos. No tengo que tolerar la corrupción y mucho menos la impunidad.

Es de todos conocido que, en los condominios, al igual que en el gobierno, hay mucho dinero fluyendo. Como titulares, pagamos mensualmente una cuota para contratar servicios de mantenimiento que permitan que el condominio funcione de manera óptima: jardinería y áreas verdes, áreas comunes, ascensores y mantenimiento o reemplazo de equipos que, como en cualquier vivienda, se deterioran con el paso del tiempo.  

Dos casos directos de corrupción

Personalmente, fui directamente impactada por dos circunstancias que involucran actos de corrupción. Aunque no revelaré detalles con nombres de personas involucradas, quiero compartir los hechos para que puedan visualizar y entender que ningún condominio -por mejor que sea- está exento de manejos turbios en su administración. 

El primer caso que me tocó de cerca fue a principios de la década del 1990. Después del Huracán Hugo, la Junta de Directores compró un Seguro Hazard (fuego, huracán y terremoto). Dicha compra se hizo sin informar y consultar alternativas a la Asamblea de titulares y sin convocar al Consejo de titulares, según requerido por la Ley de Propiedad Horizontal. 

Como todos sabemos, después de un evento catastrófico natural los costos de los seguros aumentan significativamente. En aquel entonces, la Junta de Directores compró un seguro de $700,000 (cifra casi cuatro (4) veces más alta de lo que normalmente se paga). Lo curioso del caso es que ese seguro lo vendió el tesorero de la Junta de Directores, quien trabajaba como corredor de seguros y se ganó una jugosa comisión.

Ante este acto, varios titulares acudimos al DACO. Recuerdo que la juez administradora que atendió el caso nos comentó: “Eso les pasa porque los titulares son apáticos a las asambleas, y las Juntas de Directores se aprovechan, no les consultan y hacen lo que les da la gana”. En el DACO, los titulares ganamos el caso. El condominio apeló al Tribunal Apelativo, y los titulares prevalecimos. No conforme con la decisión, los abogados del condominio lo llevaron al Tribunal Supremo, pero los titulares volvimos a prevalecer. 

Para el condominio, la lección quedó muy bien aprendida. Desde entonces, la Junta de Directores solicita tres cotizaciones y consulta al Consejo de Titulares. La cotización que prevalezca es la que se compra.  

El segundo caso de corrupción que como titular me impactó aún más de cerca, comenzó en septiembre de 2018. En mi condominio, como en muchos otros, hay titulares que son seguidores de las Juntas de Directores y cuando estas juntas cambian, las nuevas tienen otros titulares que son sus preferidos. Esto funciona similar a los partidos políticos y sus seguidores. Yo les llamo “los bandos”. La situación llega al punto de que, si te identificas con el “bando A”, automáticamente te conviertes en rival o enemigo del “bando B. Estos titulares se caracterizan porque son los “alza colas” de las Juntas de Directores de turno, los que les aplauden todo, los que llevan y traen, los que meten cizañas en contra de otros titulares y/o de los ex miembros de pasadas Juntas de Directores.  

El caso que les relato tiene su origen precisamente en estos favoritismos. Mi vecino de abajo, a quien yo nunca le he simpatizado sin razón aparente, se quejó a la Oficina de Administración de que tenía una gotera en su casa. Él aseguró que provenía de mi apartamento. Yo no tenía una gota de agua visible por ningún lugar de mi apartamento así que no le di importancia a esta reclamación. Además, no era la primera vez que el vecino me imputaba algo. 

La empresa que para ese entonces fungía como Agente Administrador del Condominio acogió la petición del vecino como suya y, en lugar de orientar al vecino sobre sus alternativas para resolver la situación, se abanderizó con el titular porque este era uno de los querendones de la Junta de Directores de turno. 

La Ley de Propiedad Horizontal establece que cuando surge un conflicto entre vecinos en un condominio, NO pueden intervenir ni el Agente Administrador, ni la Junta de Directores ni el abogado del condominio.  La intervención en un conflicto entre vecinos no figura entre los deberes de ningunos de estos. 

Sin embargo, en abierta violación a la ley, recibí cartas del Agente Administrador, de la Junta de Directores y hasta del abogado quien, con su firma, parecía ser el representante legal del titular. El abogado, que se pagaba con el dinero del Consejo de Titulares, defendió al vecino a nombre de la Junta de Directores. El Comité de Conciliación no estaba en funciones; otro factor agravante. 

El abogado y el agente administrador me escribieron varias cartas amenazantes solicitando le diera acceso al plomero del condominio para que inspeccionara mi apartamento. Yo, como intuí que los tres se estaban metiendo en aguas profundas ignoré todas las cartas y me dije: “están jugando con fuego; esto les rebotará en contra”. ¡Y así fue! 

El conflicto entre vecinos

La Ley de Propiedad Horizontal establece que NADIE puede intervenir en un conflicto entre vecinos. El Agente Administrador sí tiene el deber de recibir la queja de un vecino contra otro. Asimismo, debe notificar al vecino implicado y orientarle acerca de los pasos a seguir para resolver la situación que le afecta. ¡Hasta ahí llega su intervención! 

Cuando ocurrieron estos hechos, una de las alternativas para resolver conflictos entre vecinos, era el Comité de Conciliación (eliminado en la nueva Ley 129). Sin embargo, a ese momento dicho comité no estaba constituido. 

Otra opción es radicar una acción legal en el Tribunal de Primera Instancia mediante la Ley 140 del 23 de julio de 1974. Este recurso legal provee un procedimiento de ley rápido, económico y eficiente para atender controversias entre vecinos y no requiere contratar un abogado. (Tipos de controversias y más detalles en www.lexjuris.com

En mi caso, no fue así porque la intención de la Junta de Directores y del Agente Administrador, así como del Abogado del Consejo de Titulares era favorecer al vecino. Como después de varios esfuerzos mediante varias cartas, no obtuvieron respuesta de mi parte, el vecino me radicó una acción por Ley 140 en el Tribunal de San Juan. 

Antes de la fecha de la vista, que fue citada para septiembre de 2018, me percaté que había un trabajador en el apartamento del vecino de abajo sellando unas filtraciones en el alero con una pistola de caulking en mano y le tomé fotos. El alero es un área comunal del edificio. El trabajador tenía el mismo color de la camiseta de los empleados de la empresa de administración que proveía los servicios de mantenimiento.  Procedí a preguntarle a la administradora. Ella me dijo que no era un empleado del condominio y no me pudo contestar qué hacía un trabajador externo del condominio sellando el alero de un titular a pesar de que el alero es un área comunal.  

Este fue el primer indicador negativo. ¿Por qué el vecino me estaba imputando una filtración en su balcón, que requirió un trabajador para sellarlas por fuera y corregirlas? ¿Por qué no le notificó a la administración? 

Cuando llegó la fecha de la vista en el Tribunal de San Juan en diciembre del 2018, el ingeniero estructural que yo había tenido que contratar certificó que dichas filtraciones no provenían de mi apartamento. Al vecino no le costó más remedio que aceptar que, en efecto era así, y optó por retirar la demanda.

Cronología de la fabricación de un Caso en DACO

Debido a que yo no contestaba las cartas enviadas, la Junta de Directores, en alianza con el Agente Administrador y el Abogado, me radicaron un Querella en DACO el 18 de septiembre de 2018 (C-San-2018-0003381). 

En esa querella, me imputaban dos filtraciones. La primera, la del apartamento del vecino a quien querían favorecer y la segunda, una filtración en el área comunal del primer piso -desde mi apartamento que está en el tercer piso. 

Cuando recibí la querella me sorprendí porque nunca había recibido notificación del Administrador indicando que desde mi apartamento podía existir una filtración que estaba afectando las áreas comunales del condominio. 

Antes de radicar una querella, el Agente Administrador tiene la obligación de notificar al titular. Cabe destacar que todas las cartas que recibí hacían referencia a la filtración del apartamento de abajo.  El Agente Administrador cometió una falta grave porque no documentó el expediente y no asesoró a la Junta de Directores sobre las consecuencias de intervenir en un conflicto entre vecinos y radicar una querella en DACO, sin enviar notificación previa al titular. El Agente Administrador actuó como un sello de goma y se dejó manipular por la Junta de Directores. Entiendo que el abogado también se dejó manipular por ésta. Los tres formaron una alianza y actuaron en común.

Con este hecho levanté bandera roja y pensé que me estaban fabricando un caso. Era imposible que, si yo no tenía una gotera de agua visible en mi apartamento, estuviera ocasionando una filtración que bajara hasta el primer piso. 

Cuando recibí la querella, me presenté a la Oficina de Administración y solicité el expediente de mi apartamento para ver si había algún documento relacionado con la filtración al área comunal. La administradora me contestó “ese expediente no existe”. Es necesario enfatizar que hasta aquí actuaron en común acuerdo para radicarme la querella en DACO la Junta de Directores, el Agente Administrador y el abogado. Más adelante entra el cuarto jugador: el plomero del condominio.

La visita de inspección del plomero 

El plomero inspeccionó mi apartamento el 18 de octubre de 2018. UN MES después de que me radicaron la Querella en DACO. Cabe preguntarse entonces ¿cómo me radicaron una querella si el plomero del condominio aún no había inspeccionado mi apartamento? ¿Con qué evidencia lo hicieron? ¿Qué evidencia tenían la Junta, el Administrador y el abogado para imputarme que esa filtración del área comunal era causada por mi apartamento?

En el informe que rindió el plomero a la Junta de Directores en octubre de 2018, este expresó que encontró un charquito de agua detrás de la nevera. Tras identificar que la válvula del ice maker estaba gotereando, cerró la llave de paso. En su informe Incluyó que esto había causado daños a la pared del apartamento del vecino de abajo. Este hecho no estuvo en controversia. Lo que sí estaba en controversia era la alegada filtración al área comunal que, dos años y medio más tarde, sigue ahí… a pesar de que la llave de paso del ice maker continúa cerrada. 

La parte interesante del informe es que el plomero también certificó que mi apartamento había causado daños al área comunal. Este me adjudicó la responsabilidad de haber causado las dos filtraciones, la del vecino y la del área comunal. Con su firma, el plomero validó la posición de la Junta de Directores, del Agente Administrador y del abogado. En resumen, ahora existían cuatro jugadores en el caso de la Junta de Directores contra mí como titular. Un dato muy relevante es que el plomero utilizó las mismas palabras que redactó el abogado en su querella “creó daños en el área comunal del condominio”. Cuando leí el informe validé nuevamente que me habían fabricado un caso. 

Otro dato que levanta bandera roja es que el plomero, al igual que la Junta de Directores y el abogado en su querella, no indicaron cuál era el área comunal en específico, ni cual era la magnitud de los daños que alegaban la Junta de Directores y el abogado. Cuando leí ese informe, llamé al plomero y le indiqué que eso podría tener consecuencias graves para él. Le dije además que yo sabía que me estaban fabricando un caso.  

El final de la querella de DACO en mi contra (C-SAN-2018-0003381) 

En diciembre de 2018, DACO emitió una resolución y desestimó el caso por falta de jurisdicción. Una Resolución Sumaria se emite conforme a derecho solamente.

En resumen, en su resolución, DACO certificó que el abogado se equivocó porque radicó la querella en el foro incorrecto. El abogado debió radicar en el Tribunal de San Juan porque incluyó en la querella al Consejo de Titulares, quien según la Ley de Propiedad Horizontal tiene jurisdicción exclusiva en DACO.

El colmo de los colmos es que, a pesar de que el abogado se equivocó porque radicó en el foro incorrecto, este facturó por su error, la Junta de Directores le pagó por ese error y no lo removió de su labor como asesor legal del condominio.

Antesala a otra querella en DACO: 

Carmen García vs Consejo de Titulares

Como titular, siempre estuve clara en que me habían fabricado un caso. Por esta razón, me propuse perseguir la verdad y continuar con mi caso hasta las últimas consecuencias. “La verdad siempre prevalece sobre la mentira”, una de mis expresiones favoritas de siempre.

Además de contratar abogados para defenderme de estas imputaciones, contraté los servicios de un ingeniero estructural como perito. El ingeniero inspeccionó mi apartamento y validó que mi gotera en efecto causó daños a la pared de la sala del vecino de abajo. Visitó el apartamento del vecino quien le aceptó que las filtraciones del alero eran causadas por vientos con lluvia y no provenían de mi apartamento, como pretendió imputarme. El perito también visitó el área comunal del primer piso para evaluar los alegados daños que yo había causado. En su informe pericial, concluyó que esas filtraciones no provenían de mi apartamento. Además, catalogó el informe del plomero del condominio como “absurdo e inmeritorio”.

El ingeniero, como parte de su investigación, solicitó fotos del área comunal y evidencia de la reclamación del condominio cuando el huracán María, en septiembre de 2017. En diciembre 2018, mi abogado, por instrucciones de la Administradora, se comunicó con el abogado del condominio, pero nunca recibió la respuesta a pesar de que envió tres correos electrónicos con copia a la Administradora del condominio. Todos fueron ignorados. 

En mi experiencia, los abogados -al igual que las Juntas de Directores- cuando saben que pueden ser descubiertos en sus mentiras, prefieren no dar cara. Esta estrategia de la evasión puede darles resultado en muchos casos cuando intentan engañar o manipular a los titulares. Muchos titulares no se atreven a enfrentarlos porque les tienen miedo, o porque no tienen el tiempo ni el dinero para comenzar un litigio legal y continuar en su búsqueda de la verdad. Ese no fue mi caso. 

Como segundo paso, antes de radicar mi querella en contra del condominio redacté y entregué cuatro cartas con carácter confidencial a los miembros de la Junta. También envié copia al Agente Administrador porque su Administradora fungió de portavoz y de  intermediaria con la Junta de Directores y el abogado. 

En cartas expuse en detalle la cronología de hechos que están leyendo.  Las entregué entre diciembre de 2018 y enero de 2019. Ninguno de los miembros de la Junta de Directores contestó. Nadie me hizo acercamiento alguno para aclarar la situación o llegar algún tipo de acuerdo. Quien único me contactó y me citó a su oficina fue el dueño de la empresa de administración con la intención de persuadirme para que desistiera del caso, aduciendo que su administradora no tenía intención de perjudicarme o hacerme daño. Le contesté que él sabía que me habían fabricado un caso y que estaba dispuesta a llevar mi verdad “hasta el tribunal celestial” de ser necesario. 

Como no recibí ninguna respuesta, me moví al tercer paso. En enero de 2019, redacté y circulé mi primera carta abierta a todos los titulares para exponerles el detalle de la situación, con los hechos como sucedieron. La distribuí yo misma por debajo de las puertas de los más de doscientos apartamentos. Mi objetivo era denunciar la situación de lo que entendí eran actos de corrupción en el condominio. Quería abrirles los ojos a los Titulares y exponer que los miembros de la Junta de Directores mentían y abusaban de su poder. 

Esto motivó que la Junta de Directores -según consta en minutas del condominio- se reuniera con el abogado para reaccionar a la carta. En enero de 2019, la Junta circuló su primera y única carta abierta a los Titulares para exponer su versión de los hechos. Indicaron que yo no respondí a las cartas que me enviaron. Esas cartas, sin embargo, solo hacían referencia a la filtración del vecino de abajo. En ninguna hacían referencia a la filtración del área comunal -que es el eje de esta controversia- o al caso que me fabricaron. En fin, los titulares recibieron una carta llena de mentiras y verdades tergiversadas. 

A pesar de que en esta carta intentaron manchar mi reputación, a mí no me intimidaron en lo absoluto.  Cuando uno tiene la verdad en la mano, no hay por qué temer ni a quien temerle. “La verdad no mancha los labios de quien la dice, pero sí la conciencia de quien la oculta”. Por esa razón continué enviando más cartas abiertas. En todas denunciaba los actos de corrupción, los atropellos y la temeridad de la Junta de Directores y del Agente Administrador. Cuando me encontraba con los vecinos en los ascensores o en la recepción, los comentarios de estos eran de incredulidad. Muchos se preguntaban cómo era posible que una gotera de un ice maker pudiera bajar de un tercer piso hasta el primer piso y causar los daños que aparecen en unas fotos que había tomado en octubre de 2018.  

Durante el 2019 circulé en total seis cartas abiertas a titulares; cada una con un color diferente para así evitar confusión. En 2020, por la pandemia no hubo mucha actividad en mi caso. En enero de 2021, circulé la séptima carta abierta a titulares. 

 Cómo, cuándo y por qué decidí contratar un abogado

Soy de las personas que no les gusta llevar casos legales. En esencia, no creo en los abogados ni en el sistema de justicia del país. Para mí, una persona que se defiende a sí misma por derecho propio está más comprometida con su causa que cualquier abogado con la causa de su cliente. La prioridad de muchos abogados es facturar y por eso tienen la tendencia a prolongar la solución de los casos presentando mociones, tanto en el Tribunal como en otros foros administrativos, por ejemplo, el DACO.  

Mi estilo de personalidad es “driver”; soy de las personas orientadas a resultados. Me gusta resolver rápido y hablar directo y al punto. Los abogados no pueden ser así porque el propio sistema judicial los limita. Por eso creo en representarme por derecho propio. En un caso los hechos son los hechos, y nadie conoce mejor los hechos que quien los vive en carne propia. Tuve apartamentos de alquiler por treinta años y tuve que radicar tres casos de desahucio. Siempre acudí al tribunal por derecho propio, aunque estoy clara que a los jueces eso no les gusta.  

Creo que el mayor beneficio que ofrece tener un abogado es que este tiene más poder para llevar tu caso, en comparación a llevarlo por derecho propio. Además, los abogados proveen un mejor “standing” porque pueden presentar los argumentos en derecho y resultan intimidantes con sus escritos. 

Como en todas las profesiones, no todos los abogados son iguales. Es importante que te asegures de contratar uno que reúna los requisitos que estás buscando y que, además de conocer la materia legal, sea ético y honesto.

Para enfrentar la situación con mi vecino y el caso que me fabricaron, tomé la decisión de consultar un abogado porque ya existía un buen precedente en el caso de corrupción por la compra del Seguro Hazard. ¿Recuerdas? El caso llegó al Tribunal Supremo y los titulares prevalecimos. Cuando le expliqué los hechos sucedidos, me comentó que no podía atender mi caso porque estaba inmerso en la redacción de un libro sobre la Ley de Propiedad Horizontal. Esto lo entendí perfectamente porque yo también escribo libros desde el 2002 y esas tareas consumen mucho tiempo. Sin embargo, me recomendó otro abogado con conocimiento en la Ley de Propiedad Horizontal a quien contacté.

Después de pactar honorarios con el abogado referido, firmé contrato y le adelanté el dinero que me solicitó. Eso se conoce en el argot legal como retainer y se paga antes de comenzar un caso. El abogado comenzó una investigación legal y me propuso radicar una acción en daños y perjuicios. Decliné esta opción porque esos casos se pueden tardar años, cuestan un dineral y el abogado cobra el 33 % del dinero que consiga para su cliente. Para mí es algo similar a tener un socio. En mi caso, obtener dinero a cambio nunca ha sido mi prioridad. Lo primordial siempre ha sido exponer mi verdad. Quería demostrar que en mi condominio me habían fabricado un caso. 

Antes de tomar acción legal, en febrero de 2019 mi abogado redactó una carta exponiendo la cronología de los hechos. La misma fue entregada a los miembros de la Junta de Directores con copia al Agente Administrador. En la carta se solicitaban varios remedios antes de proceder con una acción legal. A saber, una disculpa pública de la Junta de Directores y del Agente Administrador, así como el reembolso de las facturas por gastos legales mediante la activación de la compañía de seguros del condominio. Estas pólizas de seguro, además de cubrir las partidas de fuego, huracán y terremoto, contienen un seguro conocido como Póliza de Errores y Omisiones para cubrir específicamente las acciones cometidas por las Juntas de Directores.  

La carta no tuvo ningún efecto sobre la Junta de Directores. Ninguno reaccionó -otro indicador de arrogancia y temeridad. Sin embargo, provocó la renuncia inmediata de la Administradora. 

Otra nueva querella en DACO…

Carmen García vs Consejo Titulares (C-SAN-2019-0004905)

En marzo de 2019, la Junta de Directores se reunió con el abogado del condominio y el agente de seguros. No recibí respuesta de lo que allí sucedió, por lo que en abril de 2019 radiqué mediante mi abogado una nueva querella en DACO. Esta vez yo era la parte querellante. Quería exponer la verdad y probar que mi caso fue fabricado.

DACO es el foro administrativo establecido en la Ley 129 para atender las querellas de los titulares contra el Consejo de Titulares de un Condominio. Las oficinas en San Juan cuentan con una división de condominios con solo dos abogados para atender todas las querellas que se presentan 

Bajo la ley anterior, DACO no tenía jurisdicción sobre los Agentes Administradores. Sin embargo, en la nueva Ley 129 del 16 de agosto de 2020, dicha jurisdicción le fue otorgada. Eso significa que un titular puede radicar una querella – por derecho propio o con abogado- contra un Agente Administrador. Para eso, DACO promulgó un Reglamento para regular a los Administradores. El mismo está vigente desde el 21 de marzo de 2021. 

Mi querella fue radicada para solicitar el reembolso de los gastos de abogados y peritaje en los cuales tuve que incurrir. No me interesaba obtener dinero adicional. Mi interés era probar que me fabricaron un caso. La querella solicitaba a la Junta de Directores remitir la reclamación de esos gastos a la compañía de seguros del condominio para que respondiera. 

Después de un tiempo razonable, fui varias veces a la oficina de administración y solicité la minuta de la reunión en la que discutieron mi reclamación, pero me la negaron. Cada vez que visitaba la oficina, enviaba un e-mail al Agente Administrador para que constara por escrito que había solicitado la minuta y que esta no aparecía. Finalmente, casi dos meses más tarde, apareció la minuta. Tenía una sola página y estaba firmada por la presidente, porque la secretaria no estuvo presente. Me percaté de que estaba alterada y omitía información sobre la discusión de mi caso con relación al Seguro del condominio. Otra evidencia de que en los condominios a veces no hay transparencia y se encubre la verdad de los hechos. Algunas Juntas de Directores manipulan la información de los titulares a su conveniencia y utilizan al Agente Administrador como su portavoz o mensajero. 

Los titulares tenemos derecho a examinar los expedientes de los contratistas de servicio porque se pagan con nuestro dinero. Eso incluye los servicios de abogado. Debo aclarar que, según la Ley 129, solicitar documentos en la Oficina de Administración es un derecho que tenemos todos los titulares y un deber de la Junta de Directores y del agente administrador cumplir con ello. 

Solicité muchas veces el expediente del abogado para verificar cuánto facturaba por mi caso, pero me lo negaban con excusas de que no estaba disponible. Llegaron hasta decirme que el expediente se lo había llevado el auditor. Esto es una mala práctica que se discutirá más adelante. Como soy inquisitiva, nunca me cansé de preguntar, de investigar y de ejercer presión para obtener la información que solicitaba porque el que persevera triunfa. Hago énfasis que el condominio le ha pagado mucho más dinero al abogado por llevar mi caso, que lo que estoy reclamando como reembolso.  

El curso de mi caso en DACO

Una vez se radica una querella, DACO se demora un tiempo en notificar a las partes. Tras ser notificadas, el abogado de la parte demandada tiene derecho a solicitar prórroga antes de contestar la querella. En mi caso, el abogado del condominio solicitó prórroga para contestar la querella, con la excusa de que necesitaba tiempo para prepararse. En realidad, y según consta en las minutas, el abogado estuvo involucrado en las estrategias de radicar la querella, en alianza con la Junta y con el Agente Administrador desde agosto de 2018. 

La querella fue contestada por el abogado del condominio en junio de 2019 negando todos los hechos. 

Mi próximo paso… Reclamación al seguro

Durante este periodo de tiempo, recibí comunicación del abogado que me representaba preguntándome si quería negociar con el abogado del condominio la reclamación a la póliza de seguros. Decliné esta proposición pues me pareció la excusa perfecta para que ambos abogados, el mío y el del condominio, pudieran seguir facturando y cobrando sus honorarios. Mientras tanto, yo seguiría pagando. 

En julio de 2019, envié comunicación escrita vía e-mail al agente de seguros del condominio, con todos los anejos correspondientes. El agente de seguros es un recurso valioso en mi condominio. Además de agente de seguros del condominio, es abogado, muy diligente, ético y honesto. Él tenía conocimiento de que la Junta de Directores me había fabricado un caso. No obstante, como agente de seguros hizo todo lo relacionado al trámite de documentos. 

En agosto de 2019, recibí carta de la compañía de seguros que emitió la póliza matriz del condominio. La carta indicaba que la póliza del condominio no ofrecía cubierta para mi caso por lo que declinaron el pago para reembolsar los gastos en que me obligaron a incurrir. 

Cuando la compañía de seguros deniega la cubierta, la Ley de Propiedad Horizontal provee para que los miembros de la Junta de Directores respondan en su carácter personal por haber actuado con negligencia crasa. 

Durante este tiempo, estuve fuera de la isla y a mi regreso me comuniqué con mi abogado para reunirnos y prepararnos para la vista administrativa. El abogado me indicó que necesitaba recibir otro adelanto de dinero porque así constaba en el contrato que suscribimos. Le comenté que le podía llevar el adelanto de dinero solicitado el mismo día de la reunión, pero me dijo que no podía tocar mi expediente a menos que recibiera el dinero por adelantado. Esto validó mi idea de que para muchos abogados el dinero es más importante que defender a su cliente. Le solicité la renuncia a mi caso. Así lo hizo y me devolvió el expediente. 

DACO… Ahora me represento por derecho propio

Cuando un titular se representa por derecho propio en DACO, debe estar pendiente de las citaciones que son enviadas por correo regular. También tiene que escribir y radicar sus propias mociones. Así lo hice para indicar que continuaría el proceso representándome por derecho propio. En mi caso, cuento con el apoyo de mi hermana quien es abogada, aunque no ejerce la profesión hace muchos años.

Finalmente, la vista administrativa fue pautada para noviembre de 2019; siete meses después de haber sido radicada y notificada a las partes.

El día de la vista fui acompañada del ingeniero estructural, quien estaba listo para defender su informe pericial y probar que la filtración que pretendieron imputarme no tenía méritos. Antes de comenzar la vista, el abogado del condominio objetó la presencia de este, alegando que la vista era académica ya que la compañía de seguros había denegado la cubierta de la Póliza de Errores y Omisiones que protegía a los miembros de la Junta de Directores. 

Ante esta situación, presenté como argumento que me habían fabricado un caso y que la Ley de Propiedad Horizontal anterior -la que aplicaba en mi caso- disponía en su artículo 38.1 para que los miembros de la Junta de Directores respondieran en su carácter personal por sus acciones de negligencia crasa; evidente en mi caso. Ante ese planteamiento, me fue permitido enmendar la querella. Radiqué la moción y la enmienda días más tarde. Esta fue contestada por el abogado del condominio el 9 de diciembre de 2019. 

Debo destacar que, como parte querellante, si al momento de radicar la querella en DACO mi abogado en su súplica no se hubiera limitado a que el seguro del condominio respondiera, el resultado hubiera sido diferente. Hasta aquí, en mi caso no hemos llegado a ninguna parte, no se ve la luz al final del túnel.

Asamblea Ordinaria… Elección de una Nueva Junta 

Sin embargo, pienso que algún tipo de impacto causaron las seis cartas abiertas que circulé a los titulares donde expuse los detalles y los actos de corrupción relacionados con mi caso. En diciembre de 2019, se celebró una Asamblea Ordinaria y se eligió una nueva Junta de Directores quien ganó por abrumadora mayoría. A pesar de que los miembros de la Junta se postularon como candidatos a la reelección, ninguno resultó reelecto.  

Mi caso en DACO iba lento… ¡y llegó la pandemia!

¡Todo el 2020 transcurrió y en DACO no sucedió nada con mi caso! Se declaró la pandemia, se paralizaron las vistas administrativas, se cerraron las oficinas del gobierno y el país quedó prácticamente paralizado como sucedió en muchas otras partes del mundo.

La pandemia… magnífica oportunidad para investigar y validar

Soy farmacéutica de profesión. Sin embargo, cuando me gradué del Colegio de Farmacia de la UPR en 1971, decidí estudiar Comunicaciones en la Escuela de Periodismo de la UPR. Estudiaba periodismo de día y en las noches trabajaba como farmacéutica de hospital. 

Esa pasión por leer e investigar hasta conocer la verdad vive dentro de mí. Me apasiona el periodismo investigativo. Por eso, durante la pandemia me leí cerca de diez libros sobre pandemias, virus y vacunas, además de uno que me impactó muchísimo: Claves secretas de la historia. Todos los libros los compré en Amazon Kindle que, aunque no era mi formato favorito, lo descubrí y me acostumbré. Ahora me encanta. 

Después que pasó el encierro por el Covid 19, decidí profundizar en los detalles de la fabricación de mi caso en el condominio. Solicité las minutas de las reuniones de la Junta de Directores de los años 2018 y 2019. Tras revisar todos esos documentos, validé una vez más que la Junta de Directores actuó en alianza con el abogado y el agente administrador para difundir una historia basada en la mentira. Me radicaron la querella en DACO en septiembre de 2018, pero el plomero del condominio inspeccionó mi apartamento un mes más tarde, en octubre 2108. 

Quedó establecido también que el plomero en su informe a la Junta de Directores del 22 de octubre de 2018 certificó que mi apartamento había causado daños al área comunal. El plomero también utilizó las mismas palabras redactadas por el abogado en la querella. Ninguno especificó cuál era el área comunal ni la magnitud de los alegados daños causados. El plomero jamás tomó fotos del área con los supuestos daños.

Según las minutas de septiembre 2018, se discutió el asunto de la alegada filtración causada por mi apartamento al área comunal y se estableció que la Junta de Directores me imputaría daños por la misma. Validé que ese era el plan un mes antes de la inspección de mi apartamento en octubre de 2018.

La única lucha que se pierde es la que se abandona

Como sabemos, debido a la pandemia todas las actividades del país quedaron paralizadas por las órdenes ejecutivas de la gobernadora Wanda Vázquez. DACO canceló todas sus vistas administrativas. Se prohibió la celebración de asambleas presenciales en los condominios.

Por tal razón, contacté la nueva Junta de Directores para demostrar con hechos y datos el caso que me habían fabricado. Tengo evidencia contundente, que incluye fotos y videos, que demuestra que dos años después la filtración del área comunal continúa, a pesar de que la llave de paso del ice maker se cerró y continúa cerrada, y desde entonces compro bolsas de hielo. 

En estos momentos, la pregunta es, ¿si yo era la causante de esta filtración, entonces, por qué todavía sigue ahí? 

Con la tenacidad y el espíritu de lucha que me caracteriza, entre finales de agosto y octubre de 2020, escribí varias cartas a los miembros de la nueva Junta de Directores. En la primera, solicité la cancelación del contrato del abogado del condominio por haber incurrido en actos de corrupción y asesoría legal incompetente al condominio como su cliente; todo documentado con hechos cronológicos. En la segunda, solicité la cancelación del contrato al Agente Administrador por los mismos actos de corrupción y negligencia crasa en su deber fiduciario.

En todas mis cartas solicitaba una audiencia en vivo con la nueva Junta de Directores. Este me fue finalmente concedida el 6 de octubre de 2020. Tuvimos muy buena interacción. Escucharon atentos mis planteamientos, algunos de ellos sorprendidos con lo que les relataba. Presenté todos mis documentos, al igual que las fotos. Quedó claro en la mente de todos que me fabricaron un caso, pero no tomaron ningún tipo de acción. Durante el 2020, mínimo dos veces al mes, cursaba cartas a la Junta de Directores para mantenerlos informados del estatus de mi caso en DACO. 

Mientras tanto, en DACO, ante la gran congestión de casos atrasados y en un esfuerzo por bajar el volumen de expedientes pendientes, en octubre de 2020 emitieron una resolución sumaria para desestimar mi caso. Esta clase de resolución se dicta cuando en un caso no hay controversia de hechos y se procede a resolver en base a derecho. 

Según la resolución, el dinero que yo estaba reclamando por concepto de los gastos en los que incurrí al contratar los abogados y el perito, no procedía. Indicaron que debí haber reclamado ese dinero en la querella que se radicó en el 2018. 

Eso significa que DACO, a pesar de que soy la parte querellante, me negó la oportunidad de presentar mis argumentos y la evidencia recopilada. Otro ejemplo más de cómo es que se administra la justicia en Puerto Rico. Así perdí la poca fe que le tenía en DACO como agencia gubernamental. Mi experiencia me motiva a percibirlos como una agencia ineficiente que no está en capacidad de defender los derechos de los consumidores.

Ante esta inesperada resolución sumaria, radiqué una moción solicitando reconsideración, pero DACO la declinó. El 2020 se caracterizó por ser un año perdido; la pandemia y los encierros paralizaron todo. 

A finales de noviembre 2020, el Agente Administrador presentó su renuncia y el condominio reclutó a una nueva empresa con un contrato de mes a mes para luego, mediante asamblea presencial, el Consejo de Titulares los ratifique según dispone la Ley 129.

Llegó el 2021…  vamos al Tribunal Apelativo 

Como titular afectada por la Resolución Sumaria de DACO, mi próximo paso fue apelar la decisión. En febrero, radiqué un recurso de revisión ante el Tribunal apelativo que es el foro judicial para apelar decisiones adversas vs un titular.  

El Titular ante la Corrupción (Vida en Condominios Cap 9)

Compartimos el relato de la corrupcion en Parque de las Fuentes y los detalles del caso que me fabricaron, hasta el momento en que publicamos el libro (Septiembre 2021)

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